Tenencia
Practicamente todos los oficiales de entidades administrativas podían nombrar tenientes para el gobierno de una parte de su territorio (o la totalidad, llamándose tenencias generales) pero que derivaron su autoridad inmediatemente de su superior. Solo los subdelegados en el régimen de intendencias no podían simplemente nombrar . Hay “tenientes de gobernadores” tanto como “tenientes de corregidores” o “…de alcaldes mayores”.
En la base de datos, las tenencias se subsumen en otras categorías territoriales. Cuando las tenencias mcoincidían con los territorios jurisdiccionales de ciudades y villas - se usa la jurisdicción como elemento clave; en otros casos podían coincidir con divisiones territoriales sin núcleo hispano-urbano, en este caso la base de datos los define como partido o provincia.